Subpesca informa sobre modificación al reglamento sanitario de acuicultura.
La modificación establece, en lo principal, los requisitos y condiciones que deberá cumplir el certificador de sistemas de mortalidad y la entidad de muestreo; a objeto de velar por la calidad, confiabilidad e idoneidad de sus funciones, las normas relativas al cumplimiento de éstas y las garantías que deberán rendir para su correspondiente inscripción en el referido registro.
La entindad indicó que con fecha 06 de agosto de 2020, ha sido publicado en el Diario Oficial el D.S. Nº 68, de 2019- del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo- que modifica el reglamento de registro de personas acreditadas para elaborar los instrumentos de evaluación ambiental y sanitaria y las certificaciones exigidas por la Ley General de Pesca y Acuicultura y sus reglamentos.
Fuente: Mundoacuicola